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El Síndico

El Heraldo de Chihuahua Chihuahua, Chih. 4 de Mayo de 1998 Página 6 Sección A

En la reforma electoral aprobada en meses pasados por la mayoría en el Congreso del Estado, aparece un nuevo funcionario público llamado "Síndico".

Esta figura existe en algunos estados de la República, en su mayoría con muy buenos resultados para la ciudadanía. Esperemos que en los ayuntamientos del estado de Chihuahua que funcionen a partir de la elección del 5 de julio, sea para el bien de los chihuahuenses.

De la muy reducida explicación que da la propia reforma sobre las funciones del Síndico, se puede decir en forma general que son cuidar los intereses de la sociedad, de tal manera que si el presidente municipal estuviese desviando los ingresos o egresos, será responsabilidad del Síndico manifestarlo públicamente y hacer la denuncia ante el Congreso del Estado. En otras palabras, es el comisario o el vigilante del Ayuntamiento, y con esto se dice toda la importancia que revestirá este nuevo funcionario.

El Instituto Estatal Electoral, violando la propia Ley en su artículo 86 fracción I que a la letra dice: "La propaganda impresa que los candidatos utilicen durante la campaña electoral deberá contener, en todo caso, una identificación precisa del partido político o coalición que ha registrado al candidato", acordó que los candidatos a Síndico no podrán hacer campaña públicamente ni manifestar el partido que los postuló.

Por otro lado, esa misma autoridad electoral acordó que la boleta electoral del Síndico el día de la elección tampoco llevará el emblema del partido, lo cual provocará una gran confusión, porque la ciudadanía no sabrá a qué partido pertenece cada uno de los candidatos, y además la gente que no sabe leer y escribir se encontrará en la total oscuridad, porque normalmente votan por colores de partido.

Por otra parte, conforme al artículo 36 fracción d, son los partidos políticos los únicos que tienen derecho a postular candidatos en las elecciones estatales y municipales, de tal manera que si alguna persona pretendiera ser candidato a Síndico, sólo puede ser registrada por un partido político, y ahora resulta que la autoridad electoral dice que una vez registrado no podrá hacer campaña ni hacer mención pública de cuál es el partido que lo postula.

El Instituto Estatal Electoral, con una interpretación distorsionada de la Ley, ha tomado acuerdos como los anteriores y además acordó que los Síndicos no podrán hacer campaña política más que lo que la propia autoridad electoral haga por ellos, es decir un candidato de caricatura, porque los candidatos normalmente hacen campaña para que la ciudadanía pueda votar por ellos.

Para todos los candidatos del Partido Acción Nacional es un orgullo representar a dicha institución, por lo que la inconformidad acerca de las disposiciones anteriores ha sido grande y se ha acudido a todos los recursos legales disponibles, pero hasta el momento de escribir este artículo, la autoridad estatal electoral no ha resuelto componer las violaciones a la propia Ley que la misma autoridad ha cometido con sus acuerdos.

Una nueva figura que debería ser impulsada con campañas muy propositivas para que la ciudadanía conozca qué es lo que va a hacer ese nuevo funcionario público y que la propia Ley Electoral debería estar interesada en que se difundieran ampliamente las funciones y atribuciones del Síndico, y dada la importancia que va a tener, debería también alentarse para que el público sepa quiénes son los aspirantes a dicho cargo.

El Síndico entrará en funciones a partir del 9 de octubre y es figura a la que debieran darle todas las facilidades, pero parece que la autoridad electoral quiere hacer todo lo contrario.