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Prepara OEA Condena Contra México por los Irregulares Comicios de Chihuahua '86

Diario de Chihuahua Chihuahua, Chih. 1990-02-20

Carlos Puig

WASHINGTON, EU.- Después de más de tres años de sortear las presiones políticas del gobierno mexicano, burocracias internas y sus propios miedos para condenar la conducta de uno de los países pilares de la Organización, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dependiente de la Organización de Estados Americanos (OEA), tiene todo listo para señalar que el gobierno mexicano ha violado los derechos políticos y electorales así como los de protección judicial de sus ciudadanos.

En la semana del 7 al 11 de mayo próximo, durante su primera reunión anual ordinaria, la CIDH discutirá y, eventualmente, asumirá como suyo el informe que ya aprobó preliminarmente en la sesión 1045, del 29 de septiembre de 1989, en el que, a partir de las denuncias presentadas por el Partido Acción Nacional en 1986, se condena la violación, por autoridades mexicanas, de los derechos políticos y electorales contenidos en la Convención Americana de Derechos Humanos, de la que México es signatario.

El informe, que a petición del gobierno mexicano se mantendrá "en reserva" hasta mayo, pero que Proceso logró conocer en sus partes sustanciales, es el resultado de la investigación iniciada a raíz de las denuncias registradas con los números 9768, sobre el fraude electoral en las elecciones legislativas en Chihuahua en 1985; 9780, concerniente a las elecciones en la ciudad de Durango en 1985; y 9828, que acusa al gobierno de haber cometido fraude masivo en las elecciones para gobernador en el estado de Chihuahua en 1986.

En la primera parte del documento se dan a conocer, sin precisar lugares o fechas exactas, las irregularidades ocurridas en los procesos electorales denunciados: robo de actas, relleno de urnas, brigadas de votantes, cerrazón mayoriteos priístas en la Comisión Estatal Electoral y rechazo de las protestas por la Suprema Corte de Justicia.

Después, la Comisión da la razón a los panistas sobre las irregularidades registradas en las elecciones y además afirma que el sistema instituido a través de la Ley Electoral, a su juicio, desnaturaliza gravemente el proceso electoral "pues entrega a un partido la mayoría absoluta de los organismos encargados de organizar y calificar el proceso electoral". Este sistema, afirma la Comisión, carece de los necesarios controles institucionales que permiten garantizar la pureza de los actos electorales. Señala también que la falta de un amparo en materia política obstaculiza a los ciudadanos para hacer valer sus derechos electorales cuando éstos han sido violados.

La Comisión, que no tiene funciones de Corte, sólo hace algunas observaciones y ni siquiera invita a las partes a la "solución amistosa" como la prevén sus estatutos, ya que según se explica, en este caso no "está sólo en manos del Poder Ejecutivo -con quien el organismo se relaciona oficialmente- hacer los cambios necesarios para corregir los problemas, sino en manos de los poderes Legislativo y hasta el Judicial, en caso de que decidiera aceptar el amparo en casos políticos". La Comisión tampoco ha optado por llevar el caso a la Corte Interamericana, recurso que, una vez dado a conocer el informe, podría utilizar el demandante. La Comisión simplemente, publicará el informe condenatorio.

EL GOBIERNO SE DEFIENDE

En la sesión de mayo, la CIDH hará públicos también los alegatos del gobierno de México, que pretenden desconocer la competencia de la OEA y en particular de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para hacer consideraciones respecto a los procesos electorales de cada país.

En las conclusiones de un documento de 21 cuartillas presentado en diciembre a la Comisión, por Antonio de Icaza representante de México ante la OEA, se afirma que el informe elaborado por la Secretaría General de la CIDH, brazo ejecutivo de la Comisión tiene "nulidad jurídica" por referirse a un asunto electoral, "competencia exclusiva de México". Sin negar o conceder los cargos del informe, la respuesta mexicana aduce que "aceptar este informe en el pleno de la Comisión obstaculizaría las reformas de tipo electoral que en este momento se llevan a cabo en México". La autodeterminación de los pueblos y el respeto a las soberanías nacionales son también, para el gobierno mexicano, argumentos contra las "pretensiones de intervención".

Pero ni las más complicadas maniobras diplomáticas parecen ser capaces de detener lo inminente: la primera condena internacional a México por sus pedimientos electorales. Desde hace dos años, la diplomacia mexicana ha utilizado todas sus armas para detener el proceso que, a paso lento, está cerca de llegar a su fin.

Desde diciembre de 1986, cuando cargando con las críticas oficiales por llevar a un organismo internacional un problema de política interna, los panistas vinieron a Washington a presentar su denuncia; el gobierno mexicano argumentó que la denuncia de Guillermo Luján Peña por el fraude en las elecciones legislativas de Chihuahua era "evidentemente extemporánea" además de que "un apego a la legislación electoral mexicana, los órganos facultados emitieron en su oportunidad su fallo sobre el particular".

En aquel diciembre, a las denuncias de Luján se unió la de Francisco Barrio Terrazas, candidato a la gubernatura de Chihuahua. El también panista, Jesús González Schmall, que encabezó aquella delegación, afirmó que estaban aquí "para presentar la denuncia dado que en México no hay instancias jurídicas en las que podamos acudir ni derecho de amparo en materia política y dado que esta es una instancia aprobada por el mismo Senado de la República".

Barrio, perdedor en una de las elecciones más irregulares del sexenio pasado, respondía a los críticos que lo acusaban de ir al extranjero con un problema mexicano, afirmando que "esa es una de las violaciones que estamos denunciando. La Convención establece todos los derechos y libertades a que toda persona tiene derecho por el sólo hecho de serlo. Y uno de esos derechos es el de un recurso sencillo y rápido que le ampare contra actos que violen sus derechos políticos. En el caso nuestro no hay recursos judiciales. La Constitución Política del Estado de Chihuahua señala que cuando el Congreso se constituye en Colegio Electoral, sus decisiones son irrevocables e inacatables. También en materia de ley de amparo hay una disposición por la que la Suprema Corte no da amparos en materia política".

En su primer alegato, el gobierno mexicano no discutió los pormenores de la denuncia ni examinó con detalle el procedimiento electoral, sino que hizo una apología del sistema político mexicano para desmentir la "inadmisible afirmación" de que México viviera en un sistema monopartidista o antidemocrático.

ALEGATO DE INCOMPETENCIA

Fracasado en sus intentos por invalidar las denuncias, que fueron aceptadas y procesadas por el organismo, el gobierno mexicano optó entonces por descalificar a la Comisión. Cada vez que pudo, en público o en privado, ya fuera en las frecuentes invitaciones a comer que De Icaza le hizo a Edmundo Vargas Carreño, secretario general del CIDH, en discusiones de la Asamblea General, la representación mexicana insistió en la supuesta "incompetencia" de la CIDH para considerar casos electorales, acusándola de intervencionista. En alguna ocasión, De Icaza llegó a afirmar que México habría de "reconsiderar" su pertenencia a la Convención Americana de Derechos Humanos.

La Convención Americana de Derechos Humanos, suscrita en San José Costa Rica el 22 de noviembre de 1969, fue firmada por México el 2 de febrero de 1971, diez años más tarde, mediante un acto protocolario del Senado y con la rúbrica del presidente José López Portillo adquirió rango de tratado internacional y ley. "Prometo, en nombre de la Nación Mexicana, cumplirla y observarla y hacer que se cumpla y observe" dice la leyenda encima de la firma del entonces presidente.

Para ratificarla, el Senado sólo presentó las declaraciones interpretativas, referida la primera a la concepción de protección de la vida "desde el momento de la concepción", donde México se guarda el derecho a legislar en sentido contrario; y la segunda respecto a la legislación mexicana que establece que todo acto público de culto religioso deberá celebrarse dentro de los tiempos. La única reserva presentada por el Senado se refiere al artículo 24 y menciona la incapacidad de los miembros de organizaciones religiosas para votar o asociarse para fines políticos en México.

Sobre la integración y la competencia de la Comisión, que el gobierno ahora desconoce, su Estatuto, aprobado en 1979 por la Asamblea General de la OEA con el voto mexicano, señala que entre sus funciones esta la de hacer cumplir el artículo 44 de la Convención que dice: "Cualquier persona o grupo de personas o entidad no gubernamental legalmente reconocida en uno o más estados miembros de la Organización, puede presentar a la Comisión peticiones que contengan denuncias o quejas de violación de esta Convención por un Estado parte". Funciones de la Comisión son también investigar y redactar un informe sobre dichas denuncias, tal y como lo ha hecho en el caso mexicano.

La Comisión ya ha condenado irregularidades en procedimientos electorales en Paraguay, El Salvador, Cuba, Panamá, Haití, Chile y Nicaragua en los últimos años y en ninguno de estos casos México protestó por la actuación de la Comisión según sus estatutos, sólo puede actuar con base en denuncias presentadas ante su seno aquí en Washington y con la condición de que "se hayan agotado los recursos legales" en cada país. En el caso mexicano, todas las condiciones se cumplieron y la CIDH comenzó su proceso de estudio, que en diciembre cumplió tres años.

El organismo está compuesto por siete personas, designadas a título personal por la Asamblea General de la OEA, que en este momento son Oliver H. Jackman, de Barbados; Leo Valladares Lanza, de Honduras; Marco Tulio Bruni Celli, de Venezuela; Gilda de Russomano, de Brasil; John Stevenson, de Estados Unidos; Patrick Robinson de Jamaica y Oscar Fappiano de Argentina.

En el caso mexicano, el venezolano Bruni Celli, es el llamado relator del caso o sea, el miembro de la comisión encargado de supervisar el trabajo de la Secretaría, se dio luz verde para que, según los métodos contemplados en los estatutos, el informe se entregará al gobierno de México. Normalmente, el informe se debió haber entregado también al demandante, en este caso los panistas, pero la comisión accedió a una petición del gobierno de, por lo pronto, mantenerla en reserva.

En la historia de la Convención Americana de Derechos Humanos y de la CIDH ningún caso ha llegado tan lejos en el proceso para quedarse guardado en un cajón.